Se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19.

Se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19.

En la orden SND/726/2023 de 4 de julio, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de julio de 2023, por el que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19,; publicado en el BOE en el día 5 de Julio, introduce los siguientes cambios en materia Laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos:

CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LA LEY 2/2021

  • Capitulo II, artículo 7. Centros de trabajo, modificado por el acuerdo segundo de la Orden SND/726/2023, página. 93384 del BOE.

Cesa la aplicación de las medidas relacionadas con la pandemia resultante de la COVID-19:

  • De ventilación, limpieza y desinfección con la intensidad y protocolos establecidos para la pandemia resultante de la COVID- 19.
  • La puesta a disposición de agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes para virus, autorizados y registrados.
  • La adaptación de las condiciones de trabajo y el uso de lugares comunes para respetar una distancia mínima de 1,5 metros entre las personas trabajadoras.
  • Evitar la coincidencia masiva de personas tanto trabajadoras como clientes y usuarias.
  • Reincorporación al trabajo presencial de manera progresiva y la potenciación del teletrabajo.

  • Capitulo II, artículo 8. Centros de servicios y establecimientos sanitarios, modificado por el acuerdo segundo de la Orden SND/726/2023, página. 93384 del BOE.

Cesa la aplicación de las medidas relacionadas con la pandemia resultante de la COVID-19:

  • La adopción de medidas especiales en la organización del trabajo en la prevención e higiene para asegurar el bienestar de personas trabajadoras y pacientes.

ANEXO DE LA ORDEN 726/2023

  • Primera. Proteger a la población vulnerable. Orden SND/726/2023, página. 93385 del BOE.

En los centros sanitarios se reforzará el uso de mascarilla y las demás medidas de higiene ante síntomas compatibles con infección respiratoria. Además, en los centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad y de más centros se deberán tomar las medidas necesarias para evitar brotes cuidando del bienestar de todas las personas que allí residan.

  • Estos acuerdos surten efectos desde el día 5 de julio de 2023, día de publicación en el BOE.

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