COVID_19 / Mascarillas


Nuevo Real Decreto 286/2022 de 19 de abril, publicado en el BOE el día 20 de abril

La nueva normativa establece 2 escenarios.

  1. OBLIGATORIEDAD

Será obligatorio el uso de mascarilla, para personas mayores de 6 años, únicamente en tres situaciones:

  • CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS: para Trabajadores, visitantes y los pacientes cuando estén en fuera de su habitación.
  • CENTROS SOCIO-SANITARIOS: Trabajadores y visitantes cuando estén en zonas compartidas
  • MEDIOS DE TRANSPORTE: Aéreos, ferrocarril, autobuses y transporte público de viajeros. También en buques y embarcaciones en las que no sea posible mantener la distancia de 1,5 m.
  • Así como cualquier trabajador que acuda a su puesto de trabajo con síntomas compatibles con la Enfermedad.
  1. RECOMENDACIÓN / USO RESPONSABLE DE LA MASCARILLA

Por otro lado, debe hacerse un «uso responsable de la mascarilla»en:

  • Población vulnerable en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros. Se consideran personas vulnerables a aquellas mayores de 60 años, que tengan algún tipo de inmunodepresión, y a las mujeres embarazadas.
  • Entorno escolar: Profesores con factores de vulnerabilidad.
  • En el ámbito laboral, siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio.
  • En el entorno familiar, las reuniones de amigos y celebraciones privadas.
  • En espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como los comercios (centros comerciales, supermercados o pequeño comercio); espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber (cines, teatros, salas de conciertos, museos, etc.) y en espacios cerrados en los que las personas permanecen un tiempo comiendo y bebiendo (bares, restaurantes, locales de ocio nocturno…).

Para el caso de empresas cuya actividad esté afectada por el R.D. 664/97, de exposición a agentes biológicos en el trabajo, el uso de las mascarillas vendrá marcado en la Evaluación de Riesgos Laborales del puesto de trabajo.

Seguimos a su disposición, para cualquier duda o aclaración

Compartir:

Otras noticias

Estres Térmico

Con la entrada de la época estival, las condiciones climatológicas (calor) en el ambiente de laboral constituyen frecuentemente una fuente de problemas y riesgos para

Noticias Relacionadas

Estres Térmico

Con la entrada de la época estival, las condiciones climatológicas (calor) en el ambiente de laboral constituyen frecuentemente una fuente de problemas y riesgos para

Leer más »